La ética conditio sine qua non de la abogacía.
- Juan Alonso Sierra Martinez.
- 26 may 2016
- 3 Min. de lectura
Cuenta la historia que en un principio antes que existiera la ley , las sociedades se regían por preceptos. Los cuales eran transmitidos por tradición oral de padres a hijos. Preceptos que mantuvieron el orden entre las personas y que constituyeron las sociedades clásicas de occidente Roma y Grecia. Uno de los preceptos más importantes es la justicia como precondición de la paz y mantenimiento del orden.Precepto que a pesar de que varía a lo largo de la historia sigue teniendo el mismo efecto de traer el orden y promover la paz. Precepto con el cual día a día todos los abogados nos vemos obligados a definir y construirlo en una realidad. Todos estos valores éticos como la libertad y la justicia que tienen relación con el derecho nos hacen preguntarnos ¿Qué sería de la abogacía sin la ética?
Primeramente, fue la tradición oral y ese traspaso de preceptos los que generaron la primera fuente de derecho, la costumbre y de igual manera para los filósofos se genero la filosofía de la virtud, que hoy se conoce como la ética (curiosamente proveniente del griego ethos que significa conducta o costumbre). El efecto de esta rama de la filosofía sobre la sociedad fue controlar la conducta del hombre en las primeras épocas bajo la regla de oro: “no hagas al otro lo que no quieres que te hagan a ti.”.
El maestro Sócrates fue quien definió la ética como ese saber practico que se basa en principios y enseña la importancia de obrar en conciencia y de practicar el hábito de hacer el bien. De la sumatoria de los hechos del génesis de la costumbre como fuente del derecho y la ética como filosofía de la conducta se puede inferir que la ética y el derecho son hermanos siameses hijos de la madre filosofía. Entonces para el abogado como amante del orden y filosofo de la conducta debe cumplir con lo que ordene la moral y lo que ordene la costumbre jurídica y por tanto el derecho, es decir, es un deber tanto jurídico como moral para para todo abogado hacer el bien, ser honesto y respetar las leyes. El abogado debe cumplir entonces con los mandatos del Código Disciplinario a conciencia pues todos sus actos serán revisados y juzgados. Si por sus faltas ocasiona perjuicios será condenado por el ordenamiento disciplinario y además sufrirá el tortuoso reclamo de su juez inquisidor, su conciencia.
“Nuestras buenas y malas acciones nos siguen casi como una sombra”-Buda
La ética es una guía intrínseca del hombre para sí que lo desarrolla como persona en el ámbito social que comprende el ámbito profesional. Del hombre depende seguir la voz de su conciencia para convertirse en un hombre sabio, prudente y virtuoso. ¡Qué más quisiera la sociedad que sus defensores del orden fueran virtuosos! Al ser virtuoso en toda profesión se puede llegar a ser recordado pues el efecto de las buenas acciones que nunca perecen, siempre son recordadas. Es el deber de todo abogado en potencia o en acto buscar la virtuosidad para que este con su ejemplo no solo conserve y defienda la dignidad y decoro de la profesión sino que sea ejemplo para las otras profesiones. Para el abogado la ética se convierte en un elemento sin el cual no puede ejercer la abogacía y sin el cual no puede ser abogado. Porque la ética se halla en una de las fuentes del derecho, dada por la tradición oral, se halla dentro del mismo hombre porque todo hombre nace con la predestinación a hacer el bien y es una guía al éxito profesional.
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