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Los conceptos de prueba,derecho probatorio, principios y reglas rectoras.

18/07/16

Por Juan Alonso Sierra Martinez.

Para entender este conjunto de conceptos que se explicaran a continuación, hay que  entender el contexto en el que se hayan. El contexto será un proceso judicial el cual tiene distintas etapas dependiendo si es de naturaleza civil , naturaleza penal o disciplinario. En todo proceso independiente de la naturaleza estará lleno de imputaciones, asignación de responsabilidades y de forma contraria ausencia de responsabilidad y justificaciones de su actuación.  Conceptos jurídicos que hay que respaldar  con argumentos y estos mismos  fundamentados en pruebas. El derecho probatorio en relación a la prueba es una guía que ilustra la manera adecuada de la aprehensión  de la prueba para los jueces y la adecuada presentación de estas en los estrados judiciales.

Prueba.

Por prueba se entenderá aquel elemento físico y aprehensible  que sustenta la realización de un hecho de una manera determinada que permite sustentar una teoría argumentativa para la defensa y exigencia de una determinada pretensión.

Derecho probatorio.

Es aquella rama del derecho o conjunto de normas que se encarga del estudio y fijación de pruebas con el fin de:

 

1. solucionar diferencias entre las partes

2. Alcanzar la verdad procesal a través de los hechos

3. Hacer que el juez tenga certeza de un hecho.

 

Al ser este derecho una importante sección o subconjunto del derecho procesal civil esta rama  se ve abordada y regulada por principios  del derecho procesal.

Principios del derecho procesal.

Al ser el derecho probatorio una fracción del derecho procesal implica que algunos principios de esta rama no sustancial del derecho permee las formas en que se practica,embala,estudia e interpreta las pruebas.

1.Principio de igualdad.

Afirma que las partes en el proceso tienen las mismas garantías y los mismos derechos.

2.Principio de Oportunidad.

​Cada actuación tiene un momento durante el proceso. Un tiempo durante el proceso.

3.Principio de publicidad.

Es aquel principio donde todas las actuaciones deben ser conocidos  por los participes del proceso y ser conocido por la sociedad.

4.Principio de economia procesal.

Aquel principio que afirma que  se debe buscar la forma más rápida y menos dispendiosa de resolver el proceso. En virtud de este principio se genera la regla rectora de concentración de la prueba.

5.Principio de imparcialidad.

El juez no debe tener inferencia en el proceso ni vínculo con ninguna de las partes y ser un tercero frente al proceso, es decir, que el juez debe tener una óptica totalmente independiente frente a las partes y la cuestión del problema jurídico.

​Reglas técnicas del derecho probatorio.

Son un conjunto de normas que se derivan de los principios del derecho procesal.

a.Contradicción de la prueba

Regla que implica que todas las pruebas aportadas  deben tener el carácter de ser discutidas entre las partes  con el fin de esclarecer y dar certeza sobre los hechos. La contradiccion en virtud del principio de oportunidad debe ser ejercida en el momento correspondiente para cada una de las partes. Este principio se relaciona con el pricnipio procesal de igualdad en la medida que cada una de las partes tiene el mismo numero de oportunidades para contradecir las pruebas.

Excepcion.
Prueba sumaria:

Es la prueba que no se contradice y que el juez las estudia sin el requisito de contradicción. Ej: escusas presentadas de inasistencia

b.Carga de la prueba.

Regla que parte de la teoría estática de la prueba donde el demandante es quien debe probar los hechos para poder hacer exigibles sus pretensiones bajo el precepto de “quien acusa,  prueba.”.De manera excepcional se presenta la teoría dinámica de la prueba que con base en un precepto de colaboración permite la obtención del material probatorio para avanzar el proceso. De esta manera tambien se hace presente el principio de oportunidad

en la medida en que cada parte expone sus pruebas conforme  a la naturaleza del proceso el cual determina la forma en que se presenta la teoria dinamica o estatica de la prueba.

c.Necesidad de la prueba.

Aquella regla que ordena al juez fallar con base en las pruebas legalmente validas, es decir, correctamente  y oportunamente presentadas en el proceso. En esta regla se presenta una clara relación con el principio de publicidad debido a que en toda sentencia sea de l jurisdiccion que sea tendra obligatoriamente hacer referencia  a las pruebas o en ausencia  de estas a hechos notorios que sustentan el fallo.

Excepcion.
Hechos notorios:

Son aquellos eventos sociales por los cuales un juez puede sustentar su fallo.  Estos eventos sociales generalmente son conocidos por todos los sujetos de la sociedad. Ejemplo: indicadores nacionales

d. Comunidad de la prueba.

Aquella regla rectora que nos indica que las pruebas recaudadas  son parte del proceso una vez que son  oportunamente aportadas y legalmente validas. Esta regla tiene estrecha relación con el principio de igualdad  del derecho procesal , en la medida en que cada una de las partes debe presentar las pruebas de manera oportuna y así poder ser añadidas al conjunto de pruebas que forman el proceso. 

e.Unidad de la prueba.

​Es aquella regla  que  refiere a que la prueba debe ser interpretada  en su integridad  teniendo en cuenta todo el contexto en el que se hallo. Impidiendo para el abogado la aportación fraccionada de la misma e impidiendo la  interpretación seccionada por parte del juez.

f.Inmediación.

Regla que trata de una experiencia real del juez en la práctica de la prueba y refiere también a que la presentación de la prueba en el proceso  sea atendida sin intervinientes. Hoy en día esta regla probatoria es incumplida  debido al concepto de competencia. Por competencia, se entiende como el precepto jurídico que determina el juez que puede conocer sobre un determinado conflicto dependiendo de la naturaleza del asunto y del territorio. Concepto que tiene dos acepciones una territorial y la otra jurisdiccional. La territorial es aquella que nos indica que juez debe conocer las pruebas y los hechos según el lugar donde   acontecieron los hechos o donde se hallaron las pruebas. Por otro lado, la competencia en su acepción jurisdiccional, la competencia es determinada según la naturaleza del caso de manera taxativa por los códigos: Codigo  de Procedimiento Penal y Código General del Proceso.

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